04 Feb Cuánto tarda la Ley de la Segunda Oportunidad
La pregunta acerca de cuánto tarda la ley de la segunda oportunidad es una de las más recurrentes entre quienes tienen deudas pendientes y quieren saber cuándo podrán deshacerse de ellas completa o parcialmente. Puedes consultar toda la información relativa a dicho plazo de la mano de los abogados especialistas de Ponte a Cero.
¿Cuánto tarda la Ley de la Segunda Oportunidad?
- Preparación para acogerte a la Ley
Naturalmente, la primera parte a la hora de resolver la pregunta de cuánto tarda la ley de la segunda oportunidad es la de resolver cuánto tarda la fase de preparación para ella. Es una etapa preparatoria para el proceso del concurso de acreedores en sí: en cierto modo, esta fase y su duración dependerá de ti mismo. La razón está en que esta fase es cuando te haces a la idea de la necesidad de recurrir a la Ley de la Segunda Oportunidad para librarte de tus deudas. Por tanto, esta fase durará tanto como necesites para decidirte a recurrir a un abogado. En Ponte a Cero, puedes hacerlo directamente desde nuestra propia web. - Creación del expediente y elaboración de la estrategia
La segunda fase a la hora de responder a la pregunta de cuánto tarda la ley de la segunda oportunidad depende del abogado o de los especialistas a los que hayas recurrido. En efecto, en esta fase es cuando se elabora tu expediente y cuando se perfila una estrategia para tu caso. Esto no dependerá de ti directamente, aunque sí de tu situación. Dependerá en último término del especialista; sin embargo, para agilizar todo el proceso, te recomendamos que reúnas toda tu documentación personal (certificado de nacimiento, libro de familia, DNI, sentencias sobre divorcios y separaciones, antecedentes penales, etc.) y económica (nóminas, cuentas bancarias, declaraciones de la renta, contratos, etc.). También es una buena idea preparar un listado en el que figuren tus acreedores. De esta manera puede conseguirse que la fase en la que se elabora un plan para acogerse a la Ley no dure más de un mes. - Listo para su presentación.
El proceso de segunda oportunidad se inicia con una solicitud ante el Juzgado en la que lo específico para cada deudor es elaborar una Memoria de su situación personal, y una lista de acreedores con los que se mantiene deuda. Todo esto requerirá analizar información que se obtiene de distintas fuentes. Una vez construido el expediente, en el plazo medio de un mes desde que se obtenga toda la documentación necesaria, desde Ponteacero nada quedará presentado sin el visto bueno del deudor. - Fase Concursal
Presentada la solicitud, se inicia la fase concursal en la que se estudiará qué tipo de deudas son las que concurren en tu caso. Pero lo que es común a todos los deudores de buena fe ( y tú muy probablemente lo eres, aun sin saberlo) es que el proceso concursal culmina con el llamado “derecho de exoneración del pasivo insatisfecho.” Dependiendo del tipo de deudas que tengas esa exoneración puede ser inmediata o – por el contrario – condicionada a que debas atender por un periodo máximo de 5 años, un plan de pagos acomodado a tus ingresos.
¿Cuánto tarda en ser definitivo?
Con la intención de contestar a la pregunta de cuánto tarda la ley de la segunda oportunidad debe hablarse también del plazo para que sean definitivas las resoluciones que se proponen. En primer lugar, hay que decir que en el caso de que se descubriera que has actuado de mala fe, ocultando bienes o ingresos, el beneficio de exoneración podría revocarse en el plazo de tres años desde su concesión (o finalización del plan de pagos). Por ello es importante no ocultar nada para que posteriormente no sea revocado lo que te concedan.
Cambios en la legislación que afectan al proceso.
Tal y como se ha mencionado antes, desde el año 2022 se han nitroducido novedades para los interesados en acogerse al procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad. A partir de este 2022, se eliminó toda la fase del Acuerdo Extrajudicial de Pagos. En efecto, ya no sería necesario recurrir al Notario ni tampoco al Mediador Concursal para poder pasar a la fase judicial. A partir del 2022 sería el Juzgado especializado en lo MERCANTIL quien dictamine directamente qué debe hacerse con las deudas, con el plan de pagos y con la situación de deudor y acreedores directamente.
Eso quiere decir que, además de ahorrarse costes, el deudor también podrá ahorrar tiempo gracias la supresión de fases.
Conclusión
En conclusión, la agilidad pretendida con la modificación legal del año 2022 podemos contrastarla – una vez hemos llegado al año 2025 – para concluir que ha alcanzado su cometido. El proceso no solo es más corto porque se ha suprimido un proceso de negociación extrajudicial antes obligatorio. Tarda mucho menos en tramitarse que antes porque en la actualidad solo los juzgados especializados en Ley de Segunda Oportunidad son los competentes para resolver estos asuntos. Y debemos reconocer que en Canarias, los cinco juzgados especialidados (3 en Las Palmas y 2 en Santa Cruz de Tenerife) están resolviendo los expedientes con razonable agilidad. En nuestro caso, para la exoneración de deudas, debemos aprovechar el buen servicio público de administración de Justicia