Probablemente exista una combinación de factores. Por un lado tus necesidades de financiación o crédito y por otro lado la facilidad con la que históricamente te permitieron las entidades financieras y de crédito contratar sus productos. Si eres autónomo o diriges PYMES podremos sumar a lo anterior la imposibilidad de atender puntualmente tus obligaciones para con la Seguridad Social o Hacienda, dada la irregularidad de ingresos de tu actividad, SI ES QUE PUEDES REABRIR.
Ante esta situación DEBES SABER que la única forma de no tener que cargar con estas losa de por vida es con la LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD. Desde nuestro despacho lanzamos CLARAMENTE la propuesta jurídica que persigue esta ley, estos es: PONTE A C€RO. ¿Cómo?