17 Ene Cuánto cuesta la Ley de la Segunda Oportunidad
Si partimos de la base de que para acogerse a Ley de Segunda Oportunidad, una persona física tiene que estar ante una situación de insolvencia, será lógico conocer cuánto cuesta la Ley de la Segunda oportunidad y si puede adaptarse a tus circunstancias económicas.
¿Cuánto cuesta la ley de segunda oportunidad?
Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad no existe una tarifa preestablecida que englobe los costes de todos los múltiples intervinientes y trámites que va a ser necesario despachar. Pero no debes olvidar que el mecanismo de segunda oportunidad está ideado para las familias, los consumidores, los autónomos, de manera que los costes del procedimiento – por regla general – no supondrán mayor esfuerzo económico del que hayas podido sufrir en los peores momentos para evitar tu situación de insolvencia, y lo que es más importante; cuando inicias con Ponteacero los trámites, sabrás de antemano qué deudas no deberás seguir atendiendo, y por tanto, te liberarás de pagos que creías estar realizando correctamente.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
La situación de insolvenia de la que habrás odio hablar, no es más que el reflejo de cuando tu patrimonio no permite atender todas tus obligaciones de pago. Este será el supuesto para poder acogerte a la ley de segunda oportunidad. Otros requisitos serán, por ejemplo, que carezcas de antecedentes penales por delitos de naturaleza económica, o no haber transcurrido aun 10 años desde que te beneficiaras de un anterior acuerdo extrajudicial de pagos o concurso de acreedores. Básicamente esos son las circunstancias que permiten acceder a este procedimiento, pero para que puedas aprovecharte de este beneficio necesitarás conocer los costes de la ley.
Costes derivados de proceso
Podríamos diferenciar las dos claras fases del proceso para abordar los costes de cada una de ellas. La primera es el Acuerdo Extrajudicial de Pagos que se inicia ante la Notaría o el Registrador Mercantil con un coste que oscila entre los 200 € y los 400 €. Aquí lo que se va a producir es la designación de la MEDIACION CONCURAL de entre una lista de profesionales inscritos en el Ministerio de Justicia. La MEDIACION suele tener un coste de unos 500 € y normalmente permite el fraccionamiento en 5 cuotas mensuales.
Pero puede darse la circunstancia de que ningún mediador quiera aceptar el cargo, en cuyo caso se tendrá por intentado el acuedo extrajudicial de pagos, no generándose – por tanto – ese coste y habría que solicitar la siguiente fase judical que sería el CONCURSO DE ACREEDORES. Para ello será necesario contar con un Procurador que supondría un coste de entre 200 y 300 € que también puede – normalmente – fraccionarse en varias cuotas mensuales.
El proceso judicial no tiene nigún coste porque la Justicia es un servicio publico por el que las personas físicas no tienen que abonar tasa alguna, pero sí hay que atender el coste del administrador concursal aunque – por lo general – esta figura recae en el anterior Mediador Concursal que incluye en sus honorarios su intervención en ambas fases. Por último no debemos dejar de mencionar los costes de las tasaciones, ya sean de viviendas, de vehículos, o de cualquier elemento de tu patrimonio, porque en este procedimiento hay que ponerle valor a los elementos de tu inventantario.
¿Cuánto cuesta la segunda oportunidad con Ponteacero?
Desde PONTEACERO se inicia todo el trámite. Somos los abogados especialistas que te asesoramos desde el primer minuto, mucho antes de que se inicie formalmente el proceso ante la Notaria o el registro mercantil. Te acompañamos en la labor de recabar la documentación necesaria, cumplimentamos la documentación exigida y la presentamos en tu nombre. Nuestra labor profesional discurre en la inicial fase de Acuerdo Extrajudicial de Pagos ante la Mediación Concursal y se torna imprescindible en la segunda fase de Concurso de Acreedores, porque solo un abogado puede ejercer la defensa del deudor en un Jzugado.
Como sabemos que este proceso no va a durar menos de 18 meses, permitimos que nuestros honorarios puedan fraccionarse durante todo ese periodo. Serán unos honorarios que parten de un mínimo de 2.800 € y se adaptarán a circusntancias tales como el mayor o menor número de acredores, de bienes, de si concurre una sola persona o bien se trata de matrimonio o pareja de hecho, etc… . En definitiva; desde PONTEACERO perseguimos que nadie en Canarias pueda ver frustada su posiblidad de acceder a la Ley de Segunda Oportunidad, y para ello, buscaremos las fórmulas para lograrlo.