Abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad

Somos abogados especialistas en la ley de segunda oportunidad no solo porque llevemos años asesorando EN CANARIAS sobre este tipo de procedimientos desde un departamento única y exclusivamente dedicado a la insolvencia de las personas físicas; ya sean particulares consumidores, ya sean empresarios autónomos.

Es que nuestra especialización como abogado para la ley de segunda oportunidad nos llega como consecuencia de haber abordado este tipo de procedimientos desde la función de mediador concursal, figura que se ha venido desempeñando desde este mismo despacho. Esto nos ha dado la perspectiva idónea para captar las necesidades tanto de los deudores como de los acreedores, pero también las necesidades de los juzgados a la hora de tramitar este tipo de procedimientos, Y es que el mediador concursal acaba siendo designado por el juzgado para ejercer la labor de administración concursal, cuya función es auxiliar directamente y descargar a los jueces en la tramitación de los procedimientos concursales.

Sabrás que la ley de segunda oportunidad se creó para permitir a las personas físicas como tú, ya seas consumidor o trabajador autónomo, afrontar las situaciones de insolvencia, o sea la imposibilidad de atender los pagos a los que te hayas obligado. Como abogados de ley de segunda oportunidad te adelantamos que no debes caer en el error de pensar que la insolvencia no tiene solución por haber sido generada por ti mismo al haber solicitado créditos, préstamos, financiaciones que ahora no puedes atender.  También existe la obligación por parte de las entidades de crédito, de préstamo y financieras de averiguar tu capacidad de pago, de manera que tenemos que concluir que las situaciones de insolvencia – normalmente – nacen de una corresponsabilidad, y no solo del incumplimiento por parte del consumidor o del autónomo.

Por eso debes entender que como abogados de ley de segunda oportunidad te garantizamos una completa cobertura en el procedimiento para alcanzar un acuerdo con tus acreedores, que consiste y persigue cancelar tus deudas totalmente, teniendo la posibilidad de pagar esa deuda ya reducida en un periodo máximo de 10 años; tú decidirás lo que puedas aportar. Pueden ser 20 ó 200 €; pueden ser sólo las pagas extras, …  el importe no es lo esencial, sino tu voluntad de ofrecer una solución. Ten en cuenta que siempre habrás de reservar la cantidad necesaria para atender convenientemente los gastos esenciales de tu familia, claro está; pues a partir de ese punto, se valorará lo que puedas ofrecer para solucionar la situación de tus deudas.

Y te preguntarás por qué habrían tus acreedores de favorecer una minoración de la deuda que mantienes con ellos? La explicación está en la ley y te la facilitamos como abogados para ley de segunda oportunidad.

Si después de dos meses de conversaciones no se alcanza un acuerdo entre tú como deudor o deudora y tus acreedores, se iniciará el proceso de concurso de acreedores, que tendrá como única finalidad la de liquidar tu patrimonio para atender – con lo que se obtenga de él –  a los acreedores. El beneficio de la ley está en que todo lo que no pueda pagarse a tus acreedores con la liquidación de tu patrimonio será tratado judicialmente como una deuda que nunca habrá de pagarse, como una cancelación de deuda; como abogados en ley de segunda oportunidad te indicamos que técnicamente esto recibe legalmente el nombre de beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho según la Ley concursal.

Es muy probable que después de leer este último párrafo te asalten dudas y temores si se da la circunstancia de que eres propietari@ de vivienda hipotecada. El Tribunal Supremo ha dictado que de darse una serie de requisitos puede protegerse esa vivienda. SI se trata de la vivienda de la familia (no la de segunda residencia) y las cuotas de la hipoteca se lleven al día, podrá evitarse la liquidación de la vivienda si lo que se debe por el total de la hipoteca se aproxima al valor de mercado de la vivienda; es decir; como abogados en Ley de Segunda Oportunidad te indicamos que según el Tribunal Supremo, la vivienda no tendía que ser vendida ni subastada, si con ello solo diera prácticamente para atender al crédito hipotecario (lo que falta por pagar de él).

Ponteacero es la marca que buscas en Canarias para que un abogado experto en ley de segunda oportunidad te guíe en la preparación de este proceso, te ofrezca la aclaración de tus dudas, te acompañe como especialista en esta ley a lo largo de este camino que convierte en realidad tu necesidad de encontrar una solución a tu actual situación de insolvencia.